CONSULTORIO: VENDER LOS DERECHOS DE UNA NOVELA

por David Muñoz.

“Hola a todos,

Buscando por la red he encontrado vuestro blog, que me parece muy interesante, y quisiera haceros una consulta.

Me llamo L y soy la autora de una novela, “G S”. Esta novela me la auto edité y afortunadamente, este año una pequeña editorial será la que se encargue de distribuirla y comercializarla.

Por casualidades he contactado con una productora que se ha interesado en ella y quiere llevarla a la pantalla. No tengo ni idea de cómo se negocia un contrato de cesión de derechos. ¿Cuál es la cantidad normal que pedir por los derechos?, ¿se puede poner en el contrato la supervisión de la obra, se puede pedir un porcentaje bruto de la taquilla? ¿Y se puede negociar si se hace una versión en lengua no castellana?

Espero que podáis responderme con la mayor celeridad, pues pronto me voy a reunir con los productores y quisiera tener al menos, una idea aproximada de por dónde van las cantidades y otros puntos a tener en cuenta.

Un saludo,

L”.

Hola L,

Espero haber llegado a tiempo de servirte de ayuda.

Lo más habitual cuando vendes los derechos de una obra literaria para que pueda ser adaptada al cine, es negociar un contrato que llamamos de “opción”. Eso quiere decir que lo que vendes no son los derechos en sí, sino la posibilidad de que esos derechos lleguen a ser comprados por el productor que se ha interesado por ellos. En ese contrato lo que permites es que se escriba un guion a partir de tu novela y que se mueva para ver si suscita interés en, por Ej., alguna cadena de televisión que pueda invertir en ella, ya sea adquiriendo los derechos de emisión o coproduciéndola. Esa “opción” suele hacerse por un precio menor que el que tiene la ejecución  de dicha opción, para la que lo normal es redactar un nuevo contrato vendiendo por fin los derechos del libro.

Como puedes imaginarte, si esto se hace así es porque antes de saber si van a poder financiar la película hay pocos productores dispuestos a gastar un euro de más.

Respecto al tiempo que puede abarcar la opción, no hay una norma general. Pero a mí me parece razonable limitarla a dos años, renovables a tres en el caso de que el productor demuestre que se han dado pasos decisivos para poner en marcha la película.

En menos tiempo me parece imposible coneguirlo, y más de tres años quizá es demasiado. Si en ese tiempo no se ha logrado nada, quizá es que ese productor no está capacitado para hacer realidad el proyecto.

De todas maneras, todo esto es muy relativo. Como en tantos otros asuntos relacionados con nuestros oficios,  no hay una sola manera de hacer las cosas.

Eso me lleva a otro tema importante: el del dinero.

No puedo darte una cifra. Tu obra vale tanto como lo que esté dispuesto a pagar un productor por ella. De todas maneras, si no has escrito un best seller de esos que de vez en cuando se disputan varios productores, te adelanto que la cantidad que vas a recibir no te va a sacar de pobre. Y menos aún en este momento, cuando los precios de por Ej. los guiones están por debajo de lo que se cobraba hace diez años.

Además, como te he dicho antes, una cosa es la cifra que vas a cobrar por la opción y otra muy distinta la que vas a cobrar por los la ejecución de esa opción y la venta de esos derechos. La primera cifra puede ser muy pequeña, pero si la película se financia y puede llegar a rodarse, no hay ninguna razón para que el productor no te pague algo razonable después. Pero cuidado, que por “razonable” puede que no estemos hablando de una millonada.

Por Ej., hace poco vi un contrato de una novela medianamente conocida cuyos derechos se habían vendido por alrededor de 24.000 euros. Quítale el 21% y ya ves en qué se queda. Un piso no te compras.

En cuanto al resto de tus preguntas, es raro que se permita que el autor supervise la obra. Yo de hecho, si fuera productor no lo permitiría. Un novelista no tiene por qué tener ni idea de cómo se escribe (o como funciona desde el punto de vista narrativo) un guion de cine y si está muy obsesionado porque se respete lo que él escribió, puede llegar a volverte loco. Pero claro que puedes pedirlo. Hay autores que lo consiguen. Aunque suelen ser superventas a los que se quiere tener contentos para que no empiecen a hablar mal de la película antes de que se estrene. Así, si ruedas un bodrio con su libro, en cierta manera es también “su” bodrio, con lo que no pueden quejarse mucho. También puedes pedir un porcentaje bruto de la taquilla. Y aunque tampoco me parece fácil que te lo den, sí que es un poco más realista. Luego, lo de la versión en otro idioma, pues también. Aunque me parecería más lógico fijar unas cantidades para ejecutar la opción relacionadas con el presupuesto final de la película. Si dices lo del idioma supongo que lo que te preocupa es vender los derechos para que hagan una película en español de bajo presupuesto y que acaben rodando una superproducción en inglés. En ese último caso, lo del idioma es indiferente. Lo importante es el presupuesto. Otra cosa es que te preocupe que llegue a hacerse un remake de la película. En ese caso, sí que deberías asegurarte de que si se hace, cobres de nuevo.

Y eso es todo lo que puedo contarte.

¡Suerte!

11 comentarios en «CONSULTORIO: VENDER LOS DERECHOS DE UNA NOVELA»

  1. Yo añadiría algo más al tema del dinero: “Toma el dinero y corre”.

    Los pagos, cuanto antes mejor.
    Un productor que quiere los derechos, pagará para poder moverlos. Un productor que ya ha movido un proyecto y no ha recibido respuesta, no pagará un duro nunca, por mucho que lo haya firmado y prometido (Y un escritor rara vez se arriesgará a demandarle, primero por aquella maldición que decía “juicios tengas y los ganes” y segundo porque a nadie le gusta enemistarse con alguien que luego puede conseguirte trabajo, y mucho menos cuando son 4 y el mundillo es un pañuelo)

    Lo que quiere decir esto es que el pago se debe realizar a la firma del contrato de opción de compar. Y si el productor se pone muy pesado, como mínimo, que se realice un porcentaje importante del mismo. Nunca dejes el pago para más adelante.

    ¡Un saludo!

    1. … y eso no ocurre únicamente con las adaptaciones, sino con cualquier formato. Que seamos los primeros en llegar y cobremos al final, si cobramos, es desolador.

  2. Con vuestro permiso, quisiera añadir una cuestión, y es en referencia el contrato que habrá suscrito con la editorial para la comercialización de la novela. Los contratos editoriales acostumbran a incluir “todos” los derechos, incluidos los de adaptaciones cinematográficas, con lo que el autor no puede negociar tal adaptación sin permiso de la editorial, que se quedará con un porcentaje si la venta llega a realizarse.

  3. Hola Teresa,

    Por lo que me cuentan amigos escritores, esa cláusula no está en todos los contratos de obras literarias. De hecho, salvo que firmaras con un grupo grande que te garantizara un buen adelanto, yo procuraría no incluirla. Porque si además la obra se vende antes de su publicación, le estás regalando dinero a la editorial sin que haga nada. Pero claro, si ya la tienes incluida en tu contrato, ahora no puedes eliminarla. Me temo que no te queda más remedio que cederles una parte de lo que te paguen. ¿Esa parte viene especificada en el contrato? Es que es muy distinto que lo negocien ellos a que lo hayas negociado tú. Suele hablarse de cantidades diferentes según cada caso. O más bien de un porcentaje.

    1. Hola, David, por mi experiencia, que resumiendo es esta: tres contratos de novelas en papel con tres editoriales diferentes, y cuatro contratos de ebook con la misma editorial, lo que te puedo decir es que en todos los contratos he vendido derechos de adaptación a cine, radio, traducciones, y mil cosas más. En el último hasta he vendido ¡derechos de adaptación a videojuego! Ya sé que parece una locura, pero cuando eres un autor novel que aún lucha para darse a conocer, no queda otra que firmar lo que te ponen delante y mirar para otro lado. Si algún día doy un pelotazo, entonces me pondré a exigir condiciones a las editoriales (ojalá).

    2. Hola,

      No, si entiendo que no tengas más remedio que aceptar esas claúsulas. Pero son injustas. Sobre todo teniendo en cuenta lo que pagan las editoriales pequeñas y lo que invierten en la novela. Bueno, espero que por lo menos hayas podido asegurarte un porcentaje decente de lo que pudieran pagar los productores.
      En mi caso, como guionista de cómic, no como novelista, cuando publico en España no cedo los derechos, pero en Francia sí porque si no, no me compran los proyectos. Es así de triste. Y el porcentaje que me llevo es bastante miserable.

  4. La verdad es que tampoco me hago muchas ilusiones de vender una novela para adaptación al cine, por eso firmo los derechos sin muchos remilgos, y el porcentaje me parece bastante bueno. Y ya sabéis, si en algún momento a los guionistas españoles se os ocurre volver al cine romántico clásico, como esas maravillosas adaptaciones que hacen los ingleses de novelas decimonónicas, ya sabéis que tenéis mis novelas a vuestra disposición.

  5. En mi caso es al revez. Yo leí un libro de ciencia ficción francés de 1960 y muero por hacerlo guión. Debo contactarme con la editorial? o como es el proceso ahí para llevarlo a la pantalla grande?

    1. Hola, tienes que ponerte en contacto con la editorial, y ellos te contarán si tienen los derechos de adaptación al cine o no. Puede que sean del autor, o de sus herederos, si ya ha fallecido. Con libros antiguos descubrir de quién son los derechos suele ser un proceso más complicado. Pero con paciencia (y gracias a que existe Internet, porque sino sería todo más lento y difícil) suele conseguirse.

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